Tanto si tenemos la idea de denunciar un delito, como si hemos sido denunciados, lo primero que suele venirnos a la cabeza (o debería hacerlo) es, ¿ha prescrito? Pero inmediatamente surge la duda de qué es esto de la prescripción de delitos.
Así, la ley establece que la mayor parte de los delitos, pasado un tiempo desde que se cometieron, prescriben, es decir, dejan de ser perseguibles, desaparece cualquier responsabilidad penal. Si somos denunciados por un delito ya prescrito, el procedimiento no seguirá adelante y se archivará.
¿Cuándo prescriben los delitos?
No todos los delitos tienen el mismo plazo de prescripción. Así, dependerá de la pena que lleva aparejada cada delito para establecer un plazo concreto.
Prescripción de delitos leves
Hay algunos delitos, como las lesiones, las amenazas, los daños… que tienen una modalidad “leve”, esto es, que si su gravedad no alcanza ciertos límites, su pena es inferior a la del delito ordinario.
Este tipo de delitos, dada esta naturaleza más “suave”, llevan aparejado un plazo de prescripción inferior, un año. Este plazo de prescripción se da también para los delitos de injuria y de calumnia.
Prescripción de delitos graves
El resto de delitos, es decir, los que no son ni leves ni injurias ni calumnias, llevan aparejado un plazo de prescripción de entre 5 y 20 años, teniendo algunos que nunca llegan a prescribir. Ello viene en función, como decimos, de la pena que prevea el Código Penal en el artículo que regule ese delito en concreto.
Plazos de prescripción de delitos
Los plazos de prescripción del resto de delitos son los siguientes:
- A los veinte años, cuando la pena máxima señalada al delito sea prisión de quince o más años.
- A los quince, cuando la pena máxima señalada por la ley sea inhabilitación por más de diez años, o prisión por más de diez y menos de quince años.
- A los diez, cuando la pena máxima señalada por la ley sea prisión o inhabilitación por más de cinco años y que no exceda de diez.
- A los cinco, los demás delitos, excepto los delitos leves y los delitos de injurias y calumnias, que prescriben al año.
El fundamento de la prescripción del delito
La prescripción de los delitos se fundamenta sobre todo en dos artículos de nuestra Constitución Española:
- El 9.3, que regula la seguridad jurídica, y por el cual se entiende que hay ciertos delitos que, pasado un tiempo, no tendría sentido que siguieran siendo perseguibles. Pongamos por caso que una persona peña un puñetazo a otra, cometiendo un delito de lesiones, con un plazo de prescripción de 5 años. El lesionado decida denunciar pasados 7 años. ¿Qué sentido tendría esto? ¿Si no lo denuncia en su momento, por qué ahora? Y, lo que es más importante, ¿se acordarán las partes y los posibles testigos de lo acaecido hace tantos años? ¿Seguirá habiendo pruebas?
- El artículo 24 del mismo texto legal que reconoce el derecho a la tutela judicial efectiva. Este delito se vería tremendamente dañado al hilo de lo anterior, ya que sin estos plazos de prescripción habría delitos que se estarían persiguiendo o enjuiciando durante años, con dilaciones indebidas en dichos procedimientos.
Dónde está regulado la prescripción de delitos
La prescripción de delitos se regula en el artículo 131 de nuestro Código Penal, de acuerdo con la modificación realizada en el año 2015. Si hubiera algún plazo que entra en conflicto con los de la regulación anterior, se tendrá siempre en cuenta el menor (el más beneficioso para el reo, de acuerdo con el principio que rige el derecho penal en España in dubio pro reo).
Cómo saber cuándo prescribe un delito
De acuerdo con todo lo que hemos dicho solamente tenemos que seguir dos pasos:
- Saber de qué delito hablamos y encuadrarlo en su artículo concreto del Código Penal. Ahí, miraremos cuántos años de pena de prisión lleva aparejados. Si la pena que se refleja es una horquilla (entre 7 y 10 años, por ejemplo), se estará al número que lleve aparejado mayor plazo de prescripción.
- Sabiendo el número de años de prisión que conlleva, iremos al artículo 113 del Código Penal Español y miraremos su plazo de prescripción.
Recordamos que los delitos leves siempre tendrán una prescripción de un año.
Igualmente, habrá que tener en cuenta que la fecha a partir de la cual empieza a prescribir un delito es cuando dejó de cometerse el mismo. Es decir, si una persona delinque durante 3 años, comenzará el plazo el último día que lo hizo. Esto es relevante para los casos de delitos fiscales o delitos económicos, ya que son delitos que se prorrogan muchos años en el tiempo y habrá que estar a la pericia del abogado de la acusación para encontrar pruebas de que el delito se ha cometido en un intervalo en el que no haya prescrito aún.
En el caso de delitos contra personas menores de edad como los delitos sexuales, el tiempo comienza a correr desde que esta persona alcanza la mayoría de edad o, si falleció a consecuencia del delito, desde que se produce el fallecimiento. Por tanto, una víctima en el supuesto más grave de delito sexual tiene hasta los 33 años para denunciarlo.
¿Existen delitos que no prescriben?
Solamente no prescriben los delitos de lesa humanidad, genocidio, delitos contra las personas y bienes en caso de conflicto armado y los de terrorismo.
2 comentarios en «Prescripción de delitos. Guía Completa»
Muy buen artículo,entonces por ejemplo un delito que conlleva 3 años de cárcel prescribe a los 5 años?
Un delito de un anónimo lleno de insultos y burlas por una discapacidad, llenando un folio, cuando prescribe