Baja Médica por Recaída: Derechos, Procedimiento y Recomendaciones Legales

En ocasiones tras un proceso de incapacidad temporal nos dan el alta, pero volvemos a enfermar por el mismo motivo días después y nos dan de nuevo la baja. Esto se denomina baja médica por recaída, y su importancia radica en que no es una nueva baja, sino una continuación de la anterior.

¿Qué es la Baja Médica por Recaída?

Hablamos de baja médica por recaída cuando, tras habernos dado el alta (habiendo estado menos de un año de baja), antes de que transcurran 180 días, nos vuelven a dar la baja por el mismo motivo o relacionado con la baja anterior. 

Diferencia entre baja por recaída y nueva baja

La diferencia principal entre una baja por recaída y una nueva baja es que el tiempo que transcurrió durante la primera baja (de la que deriva la recaída), sigue contando. Esto es, si estuvimos 6 meses de baja, y al mes nos dan una baja por recaída, el tiempo de duración de esta nueva baja por recaída comienza a contar desde esos 6 meses. Ello a efectos de contabilizar la duración máxima. 

Derechos de los Trabajadores en Caso de Recaída

Derecho a la Prestación Económica

Se tendrá derecho a la misma prestación económica que se venía percibiendo con la primera baja. 

Conservación del Puesto de Trabajo

Se conserva el puesto de trabajo en idénticos términos de una incapacidad temporal al uso. 

Procedimiento para Solicitar la Baja por Recaída

Documentación Necesaria

La baja por recaída debe emitirla la Entidad Gestora (INSS)  o Mutua Colaboradora (si la incapacidad deriva de contingencias comunes o profesionales, respectivamente). No es preciso ningún tipo de documentación más allá del expediente médico que ya tendrá la Entidad Gestora/Colaboradora.

Plazos de entrega de documentos médicos

Como hemos dicho, no se precisa entregar ningún tipo de documentación. 

Notificación al Empleador y a la Seguridad Social

Emitida la baja, se dará el parte de baja al empleado y se notificará telemáticamente a la empresa. 

Causas Frecuentes de Baja por Recaída

Recaídas por Enfermedades Crónicas o Lesiones

Lo más común en este tipo de bajas es que deriven de enfermedades que no curaron adecuadamente o con carácter crónico. Sin embargo, si la Entidad Gestora o Colaboradora considera que una incapacidad temporal no va a hacer que la enfermedad mejore, no se otorgará la Incapacidad Temporal, sino que se propondrá de oficio la Incapacidad Permanente. 

Factores Laborales que Pueden Provocar una Recaída

Dependiendo del tipo de enfermedad, el simple hecho de volver a retomar nuestro trabajo habitual, independientemente del sector del que hablemos, puede provocar una recaída en el caso de Incapacidades Temporales derivadas de enfermedad profesional. 

Recomendaciones Legales para Trabajadores y Empresas

Consejos para Trabajadores

Es conveniente que, si no han pasado 180 días desde el último alta, nos aseguremos de que no agotamos el plazo máximo de Incapacidad Temporal (365 días ampliable a 180 más) en el anterior periodo. Ello porque, de ser así, no nos podrán otorgar una nueva baja por recaída hasta que no pasen esos 180 días. Pasados éstos, la baja que se nos otorgue será nueva, sin recaída. 

Pautas para las Empresas

Lo conveniente siempre por parte de la empleadora cuando un trabajador se reincorpora de una baja es encargar a la Mutua un informa de aptitud laboral, para verificar el estado en el que se ha incorporado el trabajador, qué tareas puede  y no puede hacer, y, de ese modo, evitar una nueva baja por recaída. 

Conclusiones

Así por tanto, nos encontramos ante una baja al uso, con todas las consecuencias inherentes, cuya única especialidad es que no han transcurrido 180 días desde que nos dieron el alta y, por tanto, se entiende que la enfermedad por la que cursamos la anterior baja, ha “vuelto a aparecer” y, por tanto, la duración de la baja continúa. 

Preguntas Frecuentes

Cuándo se considera una baja por recaída

Cuando no han transcurrido 180 días desde que nos dieron el alta y, por tanto, se entiende que la enfermedad por la que cursamos la anterior baja, ha “vuelto a aparecer” y, por tanto, la duración de la baja continúa. 

¿Cuánto tiempo tiene que pasar entre una baja y otra por el mismo motivo?

180 días. 

¿Cuántas veces me puedo dar de baja médica?

Las que resulten de las enfermedades que se hayan contraído, sin haber un número máximo. 

¿Qué significa resolución recaída?

Que la baja es por recaída. 

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Lara Gago Blanco

Licenciada en Derecho por la Universidad de Valladolid. Socia fundadora de GAIA Abogados. Núm. Colegiada: 3358 por el Colegio Oficial de Abogados de Valladolid.
Especializada en Derecho Laboral y Civil.

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2 comentarios en «Baja Médica por Recaída: Derechos, Procedimiento y Recomendaciones Legales»

  1. Hola. Todo muy bien explicado pero tengo una duda por si me la podría aclarar.
    Cual es el fin de una baja de recaída?? El seguir cobrando hasta que ellos (INSS) quieran o en cambio es para volver a iniciar de nuevo el proceso?? Apertura de Expediente., etc.. Lo pregunto por mi, tras una denegación de Incapacidad Permanente antes de los 545 días, exactamente 395 días.

    He buscado por internet y los foros pero no he encontrado respuesta.
    Muchas gracias

    Responder

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