Lara Gago
Lara Gago

Licenciada en Derecho por la Universidad de Valladolid. Socia fundadora de GAIA Abogados

Abandono del hogar y de familia. Todo lo que necesita saber

El abandono del hogar es una sombra que está siempre detrás de las personas que, tras una relación sentimental deteriorada, están pensando en irse de casa. ¿Qué consecuencias tendrá el que me vaya de mi casa? ¿Me podrá denunciar mi pareja por irme?

En este artículo vamos a ELIMINAR todos esos miedos porque, os adelantamos, no tienen ningún tipo de base legal y se corresponden a un “boca a boca” de manos de personas que no conocen la materia y que han creado un fantasma que amenaza, sin razón, a todas esas personas que no desean seguir conviviendo. 

¿Qué es el abandono del hogar?

El abandono del hogar ERA un delito tipificado en el Código Penal hace decenas de años en España. Sin embargo, este delito a día de hoy NO EXISTE

No existe ningún tipo de Ley o artículo que considere que el hecho de abandonar el domicilio familiar sea delito. Es decir, si estás en una relación, y no deseas seguir conviviendo con esa persona, puedes irte de la vivienda sin ningún problema. Todas las personas somos libres de vivir donde queremos, estemos casadas o solteras, con hijos o sin hijos. Queremos dejar claro siempre a nuestros clientes que NUNCA la ley establecerá una obligación de vivir juntos, estemos casados o no. Si alguien os dice lo contrario, es mentira. Y si es un letrado el que afirma la existencia de una obligación así, ese abogado no es de confianza, sino que estará anteponiendo sus ideas y principios a su trabajo como profesional del derecho. 

Eso sí, si existen hijos, debemos asegurarnos de que no quedan desamparados.

¿Cuánto tiempo tiene que pasar para ser abandono de hogar?

Repetimos, no existiendo el delito de abandono de hogar, puede pasar una semana o un año desde que hemos abandonado la vivienda, que no estaremos cometiendo delito en ningún caso

¿Existe o no existe el delito por abandono de hogar?

Por tanto, NO EXISTE el delito por abandono del hogar. Si bien es cierto que el Código Civil habla de cuestiones que parece que sí que existe una obligación de convivencia durante el matrimonio, debemos tener en cuenta que este libro tiene más de 130 años y hay artículos que están completamente obsoletos y que no se aplican. 

Diferencia entre abandono de hogar y abandono de familia

Partiendo de la base de que tampoco existe un delito de abandono de familia, sí que podríamos incurrir en algún tipo de delito (ninguno de estos dos, ya que no existen per se) si abandonamos la vivienda y dejamos desamparados a los hijos o al cónyuge, a sabiendas. Es decir, si somos la única persona que gana un sueldo, y abandonamos la vivienda, y dejamos de pagar los suministros, el alquiler/hipoteca, y vaciamos las cuentas bancarias comunes, estaremos colocando a nuestra pareja e hijos (si hubieran) en una situación muy precaria. Esto sí podría encuadrarse en un delito del artículo 226 del Código penal:

El que dejare de cumplir los deberes legales de asistencia inherentes a la patria potestad, tutela, guarda o acogimiento familiar o de prestar la asistencia necesaria legalmente establecida para el sustento de sus descendientes, ascendientes o cónyuge, que se hallen necesitados, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o multa de seis a 12 meses.

Diferencias entre abandonar el hogar con hijos y sin hijos

Como vemos en el artículo mencionado, y teniendo en cuenta lo dicho, la diferencia es nimia. El hecho de dejar desamparado en los términos antedichos a un cónyuge conlleva el mismo delito que el dejar desamparado, junto a éste, a los menores que se tengan en común. Lógicamente, la gravedad (tanto moral como legal) no es la misma, pero en términos de “diferencias” como tal, no existen. 

Así, el abandono del hogar con hijos puede quizás ser más doloroso sentimentalmente hablando, pero no tendrá mayores consecuencias que hacerlo sin hijos. 

¿Qué obligaciones hay para que no sea delito el abandono de familia?

Como ya hemos dicho, si decidimos abandonar la vivienda deberemos asegurarnos de que nuestra pareja e hijos tienen asegurado un mínimo sustento. Ya sea porque nuestra pareja gana su propio salario o tiene sus propios ahorros, bien porque pasemos un dinero mensual, bien porque paguemos la vivienda y/o los suministros, o bien porque pueda acceder a las cuentas bancarias comunes. Todo ello siempre dentro de las posibilidades de cada uno. Si quien abandona la vivienda no cobra absolutamente nada, está claro que nada puede dar y, por tanto, nunca podría cometer un delito de este tipo. 

Consecuencias penales por abandonar la familia

El hecho de “abandonar” a la familia no tiene consecuencias penales a no ser, como hemos dicho, que dejemos a éste en una situación precaria económicamente. Así, en ese caso, las consecuencias serán la pena de prisión de 3 a 6 meses (nunca se irá a prisión si no se tienen antecedentes), o la multa de 6 a 12 meses, lo más común. 

Cómo denunciar un abandono del hogar o familiar

Si nuestra pareja ha decidido abandonar el hogar familiar y ha sacado todo el dinero de las cuentas, ha dejado de pagar todo lo que venía pagando y tampoco está prestando un mínimo de alimentos a la otra pareja y/o a sus hijos, podremos poder una denuncia por abandono del hogar en el Juzgado o en la Policía. Eso sí, recomendamos consultar antes a un abogado porque como ya decimos, en raras ocasiones estamos ante un delito. 

Sin embargo, aparte de ello, lo más recomendable es tramitar una demanda de divorcio o separación, de pensión alimenticia o medidas paterno-filiales (según el caso, y a valorar por un abogado).

Excepciones en el abandono del hogar

Son más las excepciones para considerar un delito por abandonar el hogar familiar que para no considerarlo. Por tanto, 1 de cada 1000 casos en los que se cree se está cometiendo un delito de estas características efectivamente se está cometiendo. 

Por tanto, queremos finalizar este post aclarando que NO EXISTE el delito de abandono del hogar y que siempre es recomendable, ante una relación sentimental deteriorada, que una de las partes abandone el domicilio común. De ese modo, la relación no seguirá deteriorándose y será más sencillo y probable que podamos llegar a futuros acuerdos en cuanto a los hijos en común, dinero, bienes… etc.

Reserva hora y día para tu consulta con un abogado online

También puedes ver la zona de "Servicios Online"

Compartir Artículo

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Telegram

19 comentarios en «Abandono del hogar y de familia. Todo lo que necesita saber»

  1. Rompí con mi pareja (no estaba casado) hace 4 años, durante un tiempo compartimos la casa pero hace 5 meses decidí irme. Sigo pagando la hipoteca, comunidad e IBI, pero no la luz y agua. ¿Me puede denunciar por abandono de hogar?

    Responder
    • Hola Ana. Claro que no.

      Si la casa es en propiedad de ambos, debes pagar la mitad de hipoteca, la mitad de IBI, y la mitad de comunidad, pero nada más. Y aunque no lo hicieses, tampoco sería un «abandono de familia».

      Un saludo.

      Responder
  2. Un saludo cordial
    Soy venezolano mi ex esposa en francesa los dos nos fuimos a vivir a España estando allá nos separamos yo regrese a Venezuela para realizar un curso para trabajar en los cruceros y estando allá mi ex me dijo q no me ayudaría con los papeles para para poder quedarme España 2008 aunque ya tenia residencia y me comento que me quedara en Venezuela (por la situación económica era imposible poder ayudar con algo desde Venezuela) en a la semana siguiente ella puso por su parte una demanda por abandono de hogar la cual me entere años después ella siempre supo donde estuve yo y mantuvimos comunicación pero nunca me menciono nada de lo que hizo a mis espalda, tengo una oportunidad de trabajo en Portugal para inicio de del 2022 pero el vuelo hace escala en España, tendré problema cuando cuando haga tránsito en Barajas?

    Responder
    • Hola Carlos.

      El delito de abandono de familia no existe como tal. Únicamente se pena por ello si se deja a la familia desamparada y sin posibilidad de sustento ni vivienda.

      Por tanto no, no tendrás problemas, y más habiendo pasado tanto tiempo.

      Un saludo.

      Responder
  3. Hola Buenas tardes mi caso es el siguiente mi marido desde hace 36 años HA DECIDIDO que no quiere trabajar mas y tenemos una hija de 23 años que esta estudiando en la universidad de Leon en la facultad de veterinaria a consecuencia DE ESA DECISION ya no puedo apoyarla economicamente puesto que los ingresos se han reducido drasticamente a pesar de estar cobrando yo una incapacidad temporal por accidente de trabajo, mi pregunta es ¿ se le puede obligar a ponerse a trabajar de nuevo y apoyar economicamente a nuestra hija? o no hay manera gracias.

    Responder
    • Buenas tardes.

      Desconociendo todas las circunstancias que rodean el asunto nos es imposible darle una respuesta. Para una consulta personal, es conveniente pida cita en el enlace de arriba.

      Un saludo.

      Responder
  4. Jaime
    Hola muy buenas. Queria saber si siendo mi esposa la dueña del domicilio donde vivimos casados y compartimos con nuestro hijo de 14años , ahora que desea estar sola ¿deberia cumplir con un orden de cosas ya que yo no tengo donde ir ? Ella es madrileña y yo de colombia. Nobtengo a nadie aqui. Y despues de 23años de relacion matrimonial dice ella haberse cansado de mi. Y me ha pedido que habandone el hogar familiar. La casa es suya. Pero yo le discuto que tengo un vida alli. Y nonme podria ir asi por asi. Yo aporto con los gastos de casa. Y tenemos una hipoteca. Pero la casa se compró antes de que ella me conociera. Queria saber si ¿seria delito por parte de ella que me echara de casa y luego seguir cumpliendo con mis obligaciones de sustento y mas?

    Responder
    • Hola Jaime.

      El caso tiene varias variantes y soluciones que habría que examinar detenidamente. Para elo, debería pedir una consulta.

      Un saludo.

      Responder
  5. Hola:
    Me llamo David Eroles Robles quería saber ¿Qué me puede pasar si yo me voy de casa sin decir nada? yo no tengo hijos ni estoy casado ni nada por el estilo yo vivo con mis padres y mis abuelos y quiero hacerlo porque estoy harto de vivir en Toledo y quiero vivir en un pueblo y quiero que mis padres comprendan que yo quiero vivir en un pueblo y no en una ciudad.
    Tengo que decir que yo me iría a un hostal de mi pueblo.
    Un Saludo.
    David Eroles Robles

    Responder
  6. Hola

    Una consulta

    Tenía un hogar de 10 años mi exesposa consiguió un hombre y se fue a vivir con él.
    Tengo 2 niños
    Una casa de dos aptos ella reclama que tengo que darle la mitad.
    Pero los niños los tengo yo porq ella se la pasa tomando con el hombre.

    Que debo de hacer

    Responder
  7. Buen día! Mí hija es argentina, vive en pareja con un joven español, tienen un hijo de 4 años en común. La pareja se ha deteriorado por causa de los padres de él, quienes son obsesivos con el nieto. Alquilan. Qué problemas tendría mí hija, si abandona la vivienda con el niño. Ambos tienen trabajo e ingresos propios.

    Responder
  8. Si estoy casada hace años y decido irme de casa porque no aguanto la situacion,la hipoteca esta a nombre de mi marido pero el no trabaja porque no quiere y lo pago yo todo.me puede denunciar?

    Responder
  9. Tengo una relación de 9 años con mi pareja, no estamos casados, tenemos una niña de 1 año en común, hemos vivido en la casa de mis padres durante 8 meses,el se a ido hace tres meses de la vivienda de mis padres a su vivienda a unos 20km, quiero hacer convenio regulador pero que la niña se quede exclusivamente conmigo y el padre tenga hora de visita solamente, se podría hacer? Un saludo, gracias

    Responder
    • Buenas tardes Teresa. Se puede, pero el padre debe estar de acuerdo. En caso contrario, habría que llevarlo a juicio y que decida el juez/a.

      Un saludo.

      Responder

Deja un comentario

Abogado
Online

Haz tu consulta con los Abogados de GAIA desde cualquier parte de España.

Sólo para consultas vía teléfono y videoconferencia