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Lara Gago

Licenciada en Derecho por la Universidad de Valladolid. Socia fundadora de GAIA Abogados

Qué ayudas públicas se pueden solicitar con ingresos bajos

Si te encuentras o crees que te vas a encontrar en una situación de desempleo o de precariedad económica, lo primero que seguramente hayas pensado es qué ayuda puedo solicitar para poder salir adelante hasta que mi economía vuelva a ser sostenible.

Pues bien, a continuación te vamos a explicar las ayudas, pensiones o subsidios vigentes en el Estado Español a día de hoy.

Qué se considera ingresos bajos

Dados que las ayudas, como decimos, suelen ser para personas con bajos ingresos, una duda recurrente es, en España, qué se considera ingresos bajos a día de hoy.

Si bien cada ayuda tiene una regulación diferente en este sentido, por lo general se considera que un ingreso bajo es aquél por debajo del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Esto puede cambiar si, por ejemplo, tenemos hijos, somos familia numerosa, tenemos familiares a nuestro cargo (adultos con discapacidad o dependencia), considerándose así ingresos bajos salarios por encima del SMI.

Igualmente, salarios por debajo del SMI pueden no considerarse bajos si hablamos de una sola persona sin nadie a cargo y con una vivienda en propiedad.

Qué es el ingreso mínimo vital

El Ingreso Mínimo Vital es una prestación creada recientemente por el Estado Español para ayudar a aquellas personas o familias con ingresos bajos.

No es necesario estar en el paro para que se nos conceda, sino, simplemente, no llegar a unos ingresos máximos. Estos ingresos se calculan en función de los miembros de la unidad familiar (empadronados en el mismo domicilio), los ingresos de todos esos miembros, y el patrimonio (propiedades inmuebles mayoritariamente) de éstos.

Su cuantía puede oscilar entre 500 y 1300€ aproximadamente (fluctúan cada año en función del IPC y el IPREM).

Para solicitarlo, solamente tenemos que rellenar esta solicitud y presentarla en la Seguridad Social, sin necesidad de cita previa, bien a través de la propia web o presencialmente en ventanilla única, debiendo adjuntar la documentación que se indica en la propia solicitud.

Los plazos de resolución oscilan entre Comunidades Autónomas entre 4 a 8 meses.

Cómo puedo saber mis ingresos anuales

Lo primero a tener en cuenta es que prácticamente todas las ayudas están destinadas a personas con ingresos anuales bajos. Pero, ¿cómo saber mis ingresos anuales?

En principio lo más sencillo es con la Declaración Anual de la Renta de las Personas Físicas. Ahí podremos ver cuánto ingresamos cada año. Sin embargo, hay personas que por sus circunstancias familiares y/o económicas no la tienen que realizar. En ese caso, tendremos nosotros mismos que saber lo que hemos ingresado en el último año.

De todos modos, nunca es obligatorio en la solicitud de ninguna ayuda que nosotros tengamos que calcular nuestros propios ingresos anuales, ya que bien la Agencia Tributaria o la Seguridad Social se encargarán de recabar esos datos antes de concedernos ninguna ayuda.

Qué ayudas hay para personas con ingresos bajos

Es conveniente hacer tres bloques diferentes de ayudas:

  • Ayudas del Estado: son ayudas que, generalmente, se mantienen en el tiempo (como el Ingreso Mínimo Vital o la ayuda para madres trabajadoras) o que son temporales (no vuelven cada año, sino que se convocan, tienen un plazo máximo de presentación, y desaparecen, como la ayuda de 200€ de Hacienda).
  • Ayudas de las Comunidades Autónomas, localidades, etc. Suelen ser ayudas estacionales, como la ayuda del alquiler. Se convocan durante 2-3 meses cada año, y siempre vuelven.
  • Subsidios o pensiones: aunque las otorga el Estado, no son ayudas en sí mismas, sino que son prestaciones que dependen no solamente de los ingresos, sino de otras situaciones, generalmente una situación de desempleo prolongada en el tiempo (subsidio por desempleo) y/o una edad mínima (ayudas para mayores de 52 años).

Además ha de tenerse en cuenta que las ayudas aparecen y desaparecen, esto es, el Estado y las Comunidades Autónomas pueden convocar nuevas ayudas en cualquier momento, estacionales, permanentes o temporales, y deberemos mantenernos informados a través de las noticias, nuestro gestor o nuestro abogado para que no se nos pase el plazo de presentación de ninguna.

Ayuda 200 euros

Tras la crisis de la energía del año 2022 en el que los combustibles y el precio de la luz subieron de manera exponencial, las familias sufrieron un serio golpe en sus gastos mensuales.

Así, para intentar paliar esto, el Estado convocó una ayuda de 200€ en un solo pago para personas trabajadoras (autónomos o por cuenta ajena) con ingresos inferiores a 27.000€ anuales. Dicha ayuda finalizó en marzo de 2023, pero ha tenido diversas prórrogas en las que se han ido cambiando los requisitos, quedando a día de hoy únicamente una línea de ayudas para personas con una actividad empresarial dedicada al transporte. 

Se otorga por la Agencia Tributaria, y solamente se puede solicitar online a través del siguiente enlace.

Ayuda 600 euros sepe

En julio de 2023 el Estado ha publicado una línea de ayudas para personas físicas y empresas del sector artístico (Real Decreto 1/2023) que estén en situación de desempleo, o que vean transformados sus contratos en indefinidos, pasen a tiempo completo.

Se puede solicitar en el siguiente enlace.

Ayuda para el alquiler

Este tipo de ayudas se conceden, regulan y convocan por cada Comunidad Autónoma.

En este caso, tomaremos de ejemplo la ayuda convocada por la Junta de Castilla y León, cuyo plazo de presentación finalizó en enero de 2023.

Los requisitos económicos para ser beneficiario eran los siguientes:

En el caso de alquiler o cesión de una vivienda, se establece que la suma total de los ingresos anuales de las personas que residan de manera habitual y permanente en dicho lugar, ya sean titulares o no del contrato de arrendamiento o cesión de uso, deben ser superiores a 0,5 veces el IPREM y no pueden exceder las 3 veces el IPREM. Sin embargo, si se trata de una familia numerosa de categoría general o víctimas de terrorismo, el umbral se eleva a 4 veces el IPREM. En el caso de familias numerosas de categoría especial o personas con discapacidad con un grado reconocido igual o superior al 33 %, el umbral se establece en 5 veces el IPREM. Es importante destacar que, en el caso de alquiler o cesión de una habitación, solo se tendrán en cuenta los ingresos de la persona que alquila o cede la habitación, excluyendo al resto de las personas que residan habitual y permanentemente en la vivienda.

El IPREM es un índice de precios que se publica anualmente, y que en 2023 asciende a 7.200€ anuales.

Esto es, en el caso de esta convocatoria, los ingresos deben ser de entre 3.600€ anuales y 21.600€ anuales. En el caso de familia numerosa el límite será de 28.800€, o de 36.600€ en el caso de personas con discapacidad mayor del 33%.

Se tienen en cuenta los ingresos de todas las personas que residan en la vivienda a alquilar, formen o no parte de la misma unidad familiar.

De igual modo, el precio del alquiler no debe superar unos umbrales de 550€ mensuales, 700€ en caso de familiar numerosas, 800€ en caso de personas con discapacidad.

Para solicitarlo, se deberá acudir al portal web de cada Comunidad Autónoma o acudir a las oficinas correspondientes de cada Comunidad.

En el caso, reiteramos, de Castilla y León, se realiza con una solicitud online (convocatoria ya vencida).

Ayuda por desempleo

Existen varios tipos de ayudas o subsidios si no tenemos derecho al cobro de la prestación por desempleo y/o la hemos agotado:

  • Subsidio extraordinario por desempleo:

Los requisitos para pedir la ayuda o subsidio extraordinario por desempleo son los siguientes:

  • Personas que hayan extinguido en último lugar por agotamiento cualquiera de los subsidios por desempleo previstos en el artículo 274 de TRLGSSa partir del 05/07/2018 y quienes lo hayan agotado entre el  01/03/2018 y el  04/07/2018.
  • Que sean personas paradas de larga duración que hayan agotado prestaciones por desempleo, PREPARA, o RAI y estuvieran inscritas como demandantes de empleo el 01/05/2018. (Se considera persona parada de larga duración aquella que haya permanecido inscrita como demandante de empleo durante al menos 360 días en los dieciocho meses inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud del subsidio extraordinario). 

En cuanto a las rentas, deben ser inferiores al 75% del SMI, a día de hoy (2023) 810€.

  • Subsidio por desempleo:

Para el cobro de este subsidio es preciso estar inscrito como demandante de empleo más de un mes tras haber agotado la prestación, tener cargas familiares, y no superar el 75% del SMI.

  • Renta Activa de Inserción.

Si no se tiene derecho a ninguna de las anteriores, se es menor de 65 años y no se superan los niveles de renta mencionados, se podrá cobrar esta ayuda.

 Su duración es de 11 meses con la posibilidad de solicitarse hasta 3 y con un importe en 2023 de 480€ al mes.

Bono cultural

Como habremos oído, el bono cultural es una ayuda directa de 400€ para los menores que cumplen 18 años destinada a la adquisición de productos de carácter cultural. Solamente debes vivir en España y tener la nacionalidad.

Se solicita en su web: https://beneficiarios.2023.bonoculturajoven.gob.es/

Decir que no es un abono de dinero en cuenta, sino que es una tarjeta prepago en el móvil que solamente es canjeable para los servicios culturales permitidos (conciertos, teatro, libros, audiolibros, CDs, museos, videojuegos, festivales, etc.).

Ayudas por violencia de género

Se considera víctima de violencia de género a efectos de ayudas por desempleo a las mujeres y adolescentes mayores de 16 años víctimas de violencia sexual siempre que sean de nacionalidad española.

Estas personas podrán, por dicha condición, solicitar una reducción de jornada, una suspensión temporal con reserva del puesto de trabajo (hasta 6 meses prorrogables hasta los 18) o una extinción definitiva del mismo. En cualquiera de las dos anteriores, podrán cobrar la prestación contributiva o subsidio por desempleo aunque no se haya cotizado ni un año.

De igual modo, si durante esa suspensión del contrato (en el que insistimos se puede cobrar prestación por desempleo), la persona se ve obligada a abandonar el puesto de trabajo por sus circunstancias de maltrato, el periodo de suspensión se tendrá en cuenta como trabajado a todos los efectos.

Igualmente, se prevé una ayuda económica específica para mujeres víctimas de violencia de género con especiales dificultades para obtener un empleo, pudiendo cobrar además la Renta Activa de Inserción o el Ingreso Mínimo Vital.

Ayudas para personas que han agotado el desempleo

Existen además dos ayudas específicas para personas que han agotado el desempleo, y que son muy interesantes:

  • La ayuda para mayores de 45 años y sin cargas familiares, que se puede solicitar en este enlace.

Los requisitos son únicamente haber agotado la prestación por desempleo y cobrar menos del 75% del SMI.

La cuantía es de unos 480€ mensuales en 2023.

Para solicitarlo, se debe hacer en 15 días desde que se cumple un mes sin haber cobrado el paro.

Su duración es de seis meses.

  • La ayuda para mayores de 52 años, que se diferencia de la anterior en que durante el cobro de ésta se cotiza a la Seguridad Social, esto es, siguen aumentando los años cotizados de cara a la jubilación.

Para ser beneficiario, se deben haber cotizado al menos 15 años.

La cuantía es igual que la anterior, 480€ mensuales en 2023.

Conclusiones

Entendiendo la importancia que tiene el conocer todas y cada una de las ayudas a las que podemos acogernos en España, y el tener una información completa sobre las mismas, esperamos que este artículo sea de ayuda.

Existen decenas de ayudas a las que podemos acogernos según nuestra situación personal y siempre es conveniente contar con la información de un abogado para conocerlas, gestionarlas, solicitarlas y, en caso de denegación, recurrir las resoluciones pertinentes para poder conseguirlas.

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2 comentarios en «Qué ayudas públicas se pueden solicitar con ingresos bajos»

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