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Lara Gago

Licenciada en Derecho por la Universidad de Valladolid. Socia fundadora de GAIA Abogados

Capitulaciones matrimoniales

Si estás pensando en formalizar la relación con tu pareja y que quede por escrito a efectos legales esta unión, es importante que sepas que hay una parte muy importante en la misma. Nos referimos a las capitulaciones matrimoniales. ¿Lo habías oído alguna vez? Si quieres conocer todo lo que implica este trámite, sigue leyendo que te lo contamos. 

¿Qué son las capitulaciones matrimoniales?

Cuando hablamos de capitulaciones matrimoniales nos referimos al régimen económico que quedará estipulado en un contrato cuando se lleve a cabo el matrimonio. Al tener validez legal, debe realizarse ante un notario y en escritura pública, de manera que quede inscrito en el Registro Civil. 

Podemos encontrar regulaciones sobre este tipo de contrato del artículo 1325 al artículo 1335 del Código Civil como la siguiente (que cito textualmente): “En capitulaciones matrimoniales podrán los otorgantes estipular, modificar o sustituir el régimen económico de su matrimonio o cualesquiera otras disposiciones por razón del mismo.” 

Cuál es la finalidad de las capitulaciones matrimoniales

El objetivo de llevar a cabo las capitulaciones matrimoniales es regular el régimen económico de la pareja, es decir unos contratos matrimoniales. En España, si ambos contrayentes no lo regulan, automáticamente se establece un régimen de gananciales (es decir, todo el dinero es de los dos por igual). Existen pequeñas excepciones según Comunidades Autónomas donde, por defecto, se estipula otro tipo de régimen, pero lo habitual es el de gananciales. En la web del gobierno aparece más información al respecto. 

Por otro lado, este documento nos permite, además, dejar constante otros aspectos relacionados con la pareja, la vida matrimonial o los que ambos quieran incluir. Por ejemplo, muchos matrimonios establecen normas de convivencia que se deben cumplir o posibles pactos para abordar una crisis matrimonial. 

Tipos de regímenes económicos matrimoniales

Actualmente, en España, contamos con tres tipos diferentes de regímenes económicos matrimoniales.Si quieres saber régimen matrimonial que más se adapta a tu situación, veamos cada uno de ellos en detalle. 

Gananciales

El régimen de gananciales es el más usado hasta hace unos años. Estipula que los beneficios obtenidos por cualquiera de las dos partes del matrimonio pertenecen de igual manera a la otra parte. Si el matrimonio se disolviera, mediante un divorcio por ejemplo, todos los beneficios económicos generados durante el periodo del matrimonio se deberán repartir a partes iguales entre ambos. 

En cambio, aquello obtenido por uno de los cónyuges de manera previa al matrimonio seguirá siendo de éste, sin tener que repartirlo con su pareja. Por ejemplo, si la mujer había heredado un piso previo al matrimonio, no deberá repartirlo con su marido (futuro exmarido en este caso). Esto es a lo que se llama legalmente “bienes privativos”.    

Separación de bienes

Si a la hora de contraer matrimonio se llega a un acuerdo y se firma lo que se conoce como “separación de bienes matrimoniales”, lo que es de cada uno seguirá siéndolo, tanto durante el matrimonio como al finalizar el mismo si se diese el caso. 

Aquí, si, por ejemplo, el marido compra una vivienda durante el matrimonio y la pone a su nombre, seguirá siendo suya al 100% después de un divorcio o separación.  

Participación

El régimen de participación es el menos común de todos, aunque utilizado por muchos matrimonios. Consiste en establecer una relación por la cual uno de los cónyuges tiene derecho a participar en las ganancias del otro durante el matrimonio e incluso una vez finalice el mismo. 

Como su nombre bien indica, se llama participación ya que, previamente, se establece un porcentaje por ambas partes. Así, si se lleva a cabo un divorcio, el cónyuge más desfavorecido podrá participar en parte de las ganancias del otro, según aparezca en los acuerdos matrimoniales. 

¿Cuándo hay que hacer capitulaciones matrimoniales?

Según el artículo 1326 del Código Civil, las capitulaciones matrimoniales se pueden realizar o bien antes o bien después de contraer matrimonio. Si se llevan a cabo antes, la pareja tendrá un año de margen para contraer matrimonio, si esto no sucede, las capitulaciones matrimoniales no llegarán a entrar en vigor, ya que esto solo pasará una vez formalizado el matrimonio. 

No obstante, la pareja tiene derecho a modificar las condiciones que aparecen en las capitulaciones matrimoniales siempre que quieran. Eso sí, siempre firmadas ante notario donde se cumplan unas condiciones mínimas siguiendo las buenas costumbres y que no suponga un desequilibrio entre los derechos de alguno de los cónyuges.

Ventajas y desventajas de las capitulaciones matrimoniales

Como hemos comentado, dejar por escrito las capitulaciones matrimoniales y el régimen económico que seguirá la pareja abre la puerta a la tranquilidad entre ambos si algo ocurriera. Pero veamos en detalle las ventajas y desventajas del mismo. 

Ventajas

Tener establecido un régimen económico matrimonial da a la pareja la libertad de disponer del dinero sin la necesidad de pedir permiso al cónyuge en cada operación. Además, en caso de divorcio, previamente se ha establecido el reparto que se llevará a cabo de los bienes y esto evitará más problemas a la pareja. 

Por otro lado, en el supuesto de que una de las partes contrajera deudas, el otro cónyuge no tendría que hacerse cargo de las mismas. 

Desventajas

Tampoco es que existan desventajas como tal en estos regímenes económicos, ya que se llevan a cabo para facilitar la vida de la pareja y establecer un acuerdo en caso de divorco o separación (ojo, existe más de una diferencia entre separación y divorcio). De hecho, en casos donde ambos cónyuges no tengan grandes ganancias ni bienes patrimoniales, herencias o deudas, es suficiente con adaptarse al régimen subsidiario, por lo que no es necesario llevar a cabo unas capitulaciones mediante escritura pública ante notario. 

En estos casos, la pareja decide si quiere optar por algunos de los regímenes vistos anteriormente (gananciales, separación de bienes o participación). 

Dónde se registran las capitulaciones matrimoniales

Lo primero que debes hacer si tienes pensado llevar a cabo las capitulaciones matrimoniales, es que consten en escritura pública ante notario para que tengan validez legal. Además, deberán estar inscritas en el Registro Civil si afectan a terceros, aunque si no están inscritas en este registro seguirán teniendo validez entre ambos contrayentes. 

Por otro lado, si en estas capitulaciones aparecieran bienes inmuebles, se recomienda inscribirlas en el Registro de la Propiedad y, si afectan a una empresa familiar también se recomienda inscribirlas en el Registro Mercantil. 

Con esto, queda latente la importancia de formalizar de manera legal los asuntos económicos de una pareja (matrimonio con capitulaciones), ya que el día de mañana nos puede librar de un mal trago o problemas superiores.

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