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Lara Gago

Licenciada en Derecho por la Universidad de Valladolid. Socia fundadora de GAIA Abogados

Qué es la pensión alimenticia y cómo se puede subir

En todo divorcio, separación o disolución de la pareja con hijos (conocer la diferencia entre separarse y divorciarse) vamos a tener que hablar de la pensión de alimentos en un momento u otro, independientemente de la guarda y custodia que elijamos o nuestras circunstancias económicas. Es un derecho de nuestros hijos que no podemos obviar ni pasar por alto, y cuyas circunstancias y requisitos deben conocerse para no cometer ninguna injusticia ni desequilibrio.

Esta pensión se da tantos en divorcios contencioso como en divorcios de mutuo acuerdo o express. Si quieres saber qué es un divorcio express, puedes leer el artículo que preparamos hace tiempo.

En qué consiste la pensión alimenticia en un divorcio

La pensión de alimentos es una cantidad de dinero mensual que deberá pasar uno de los progenitores a sus hijos. Normalmente suele prestarse por el cónyuge no custodio, pero puede darse también en divorcios con custodia compartida en los que los salarios de los progenitores sean muy desiguales.

Es importante destacar que se presta a los hijos, no al otro progenitor. Sin embargo, dado que los hijos suelen ser menores de edad cuando la reciben y no pueden gestionar dicho dinero, se ingresa en una cuenta bancaria del otro progenitor o en una que tengan en común ambos.

Qué se entiende por alimentos que entren en la pensión

Se denomina pensión de alimentos, pero no se refiere a “alimentación” en sentido literal.  Esta pensión se abona para suplir todos los gastos ordinarios y comunes de los hijos. Pero no necesariamente esta pensión debe ser de la mitad de estos gastos mensuales, puede ser mayor o menor que dicha proporción.

Qué incluye la pensión alimenticia

Como decimos, la pensión de alimentos incluye todos los gastos ordinarios de los hijos: comida, ropa, libros de texto, educación, transporte, etc. Habrá otros gastos no previsibles, como gastos farmacológicos, odontológicos, viajes… que al no ser previsibles no se abonan con dicha pensión, sino que se denominan gastos extraordinarios y deberán abonarse aparte.

De igual modo, existe la pensión compensatoria de la que ya hemos hablado en otro post, que se podrá abonar aparte de la pensión alimenticia.

Cómo se calcula la pensión alimenticia

La pensión de alimentos no se calcula de manera totalmente matemática, ya que influyen muchos factores a la hora de elegir su cuantía. Además, en los divorcios de mutuo acuerdo podrá fijarse cualquier cantidad, sin tener en cuenta ningún factor. Así, de hecho, el Código Civil no refleja ninguna norma para su estimación, dejando al arbitrio de Juzgados, tribunales y particulares su cuantificación.

Factores que influyen en el cálculo

Pese a lo dicho, en los casos en los que no nos pongamos de acuerdo respecto a su cuantía, hay una serie de factores que influyen a la hora de calcular la pensión, principalmente el salario de la persona que lo presta (que será de un 25%-30% de este salario mensual neto incluyendo las pagas extraordinarias). De igual modo, tendrán relevancia aspectos como el gasto en vivienda (si se ha tenido que alquilar una vivienda tras la separación o constituir una nueva hipoteca, o se está residiendo en la que era vivienda familiar…)u otras cargas anteriores que se tuviesen (deudas, préstamos, otros hijos, etc.).

Pensión alimenticia con nómina de 1000€

Teniendo en cuenta lo que hemos dicho de que hay varios factores que pueden influir en la determinación de la pensión, y que en mutuo acuerdo puede fijarse cualquier cuantía, lo “esperable” con un salario de 1000€ mensuales incluyendo pagas extraordinarias, sería de unos 250€-300€ mensuales.

Pensión alimenticia con nómina de 1500€

Teniendo en cuenta lo que hemos dicho de que hay varios factores que pueden influir en la determinación de la pensión, y que en mutuo acuerdo puede fijarse cualquier cuantía, lo “esperable” con un salario de 1500€ mensuales incluyendo pagas extraordinarias, sería de unos 375€-450€ mensuales.

Pensión alimenticia con nómina de 2000€

Teniendo en cuenta lo que hemos dicho de que hay varios factores que pueden influir en la determinación de la pensión, y que en mutuo acuerdo puede fijarse cualquier cuantía, lo “esperable” con un salario de 2000€ mensuales incluyendo pagas extraordinarias, sería de unos 500€-460€ mensuales.

Quién debe pagar la pensión alimenticia

La pensión alimenticia la abonará bien el progenitor no custodia (en el caso de custodia exclusiva) o bien el progenitor que tenga mayor volumen de ingresos (notablemente superior) en el caso de guarda y custodia compartida.

Hasta qué edad se paga

La pensión de alimentos no se extingue necesariamente por llegar a una edad, sino que se abona una vez que los hijos son económicamente independientes, siempre y cuando estén llevando a cabo tareas de formación o desarrollo personal viables para conseguir esta independencia.

Cuándo se debe pagar la pensión alimenticia

La manutención de los hijos se abona mes a mes, todos los meses del año, y normalmente los cinco primeros días de cada mes.

¿Se puede modificar la pensión alimenticia?

Sí, se puede. Si las circunstancias económicas cambian puede solicitarse su aumento o descenso. Igualmente, la pensión cambia cada año porque debe actualizarse conforme al IPC anual.

Subir pensión de alimentos del divorcio

Como decimos, se puede incrementar la pensión de alimentos realización lo que se denomina “modificación de medidas” ya sea contenciosa o de mutuo acuerdo por ambas partes. Eso sí, debe haberse dado un cambio notable de circunstancias para poder llevarlo a cabo en el caso de que lo hagamos de forma contenciosa.

¿Se puede anular la pensión alimenticia?

Muy pocas son las causas para “anular” o “suspender” una pensión alimenticia, aparte de, como ya hemos dicho, la independencia económica de los hijos. Así, podremos suspenderla si los hijos, ya mayores de edad, aparte de no trabajar, tampoco están llevando a cabo ninguna tarea formativa o de desarrollo laboral. Eso sí, deberá anularse judicialmente, en ningún caso de forma unilateral.

No se podrá anular el pago de esta pensión aunque los hijos no deseen vernos o el otro progenitor no cumpla con el régimen de visitas, ya que el impago injustificado de la pensión puede dar lugar a un delito que está penado incluso con prisión.

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